El Consejo Nacional del Colegio de Profesores del Perú, Órgano Supremo de la Orden, reunido en Sesión Extraordinaria de emergencia el día de hoy, ante el informe del COMITÉ ELECTORAL NACIONAL del CPPe., que NO HA PROCLAMADO NINGUNA LISTA GANADORA y, habiendo tomado conocimiento de la ilegal y delictuosa inscripción del usurpador Manuel Eusebio Rodríguez Rodríguez, el mismo que estuvo comprometido en la administración del Centro Vacacional Huampaní, que originó que el Ministerio de Educación quitara su administración al magisterio, habría fraguado documentos y efectuando falsas declaraciones juradas con la complicidad del registrador, que inscribió el título archivado, contrariando toda normatividad legal pertinente e inclusive el Estatuto del Colegio de Profesores del Perú; tomó los siguientes ACUERDOS:
1. Declarar, que el proceso eleccionario para elegir a las autoridades del Colegio de Profesores del Perú, aún no ha concluido y que NO HA SIDO PROCLAMADO Decano Nacional Electo el ciudadano Manuel Eusebio Rodríguez Rodríguez, quien falazmente ha usurpado tal título, sin derecho alguno, el mismo que este Consejo Nacional Extraordinario desconoce para todos sus efectos.
2. Desconocer, por su origen espurio, la inscripción realizada ilegalmente por el usurpador Manuel Eusebio Rodríguez Rodríguez y de la inexistente Junta Directiva Nacional Período 29.10.2010 – 28.10.2013 en la Partida Electrónica Nº 12517954 del Registro de Personas Jurídicas de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Zona Registral Nº IX – Sede Lima, asumiendo ilegal e ilegítimamente un cargo de Decano Nacional, para el que no ha sido elegido, valiéndose de documentos falsos, una supuesta sesión de este Órgano Supremo de la Orden Profesional, que no ha sido debidamente convocado y por tanto, no se ha realizado, y que el supuesto “Libro de Actas del Consejo Nacional Nº 1”, usado para tal fin es apócrifo.
3. Desconocer todos los actos que realicen los usurpadores, incluyendo una apócrifa “convocatoria” a Consejo Nacional alguno para el día 08 de enero del 2011, por carecer de la calidad de Decano Nacional del Colegio de Profesores del Perú.
4. Autorizar que se interpongan las denuncias legales pertinentes contra los usurpadores Manuel Eusebio Rodríguez Rodríguez, sus cómplices y quienes resulten responsables de la falsa inscripción, que transgrede nuestro Estatuto, iniciando todos los procesos judiciales necesarios, para que se castigue ejemplarmente a quienes han cometido tales delitos, se restituya la autoridad de las personas legítimamente elegidas, se anule la írrita inscripción registral, se restituyan íntegramente nuestros fondos indebidamente secuestrados por los usurpadores y que paguen los daños y perjuicios que han ocasionado y se siguen irrogando al Colegio de Profesores del Perú. Asimismo denunciar ante el INDECOPI el uso indebido por los usurpadores del signo distintivo del Colegio de Profesores del Perú, para que cesen en su uso ilegal.
5. Hacer responsable al presunto ciudadano usurpador Manuel Eusebio Rodríguez Rodríguez y sus cómplices de los ilegales manejos que realicen de los fondos, cuentas y valores del Colegio de Profesores del Perú, de los que se han apoderado ilegalmente, los que deberán ser restituidos íntegramente en el acto a las autoridades legítimas del Colegio de Profesores del Perú.
6. Alertar al magisterio nacional, a las autoridades nacionales, a los bancos en los que nuestra institución mantiene sus cuentas y a la opinión pública de estos hechos, para que tomen debido conocimiento y no se dejen sorprender por los usurpadores, dado que todos sus actos son nulos y no son, ni serán reconocidos por las autoridades legales y legítimas de la Orden.
7. Someter a todos los miembros del Colegio de Profesores del Perú, involucrados en los delitos que han originado la inscripción ilegal del usurpador Manuel Eusebio Rodríguez Rodríguez como supuesto Decano Nacional de este Colegio y su inexistente “Junta” en la partida electrónica registral, al Tribunal de Honor, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones.
8. Asimismo se acordó por unanimidad ratificar en todas sus partes el acuerdo de este Órgano Supremo del Colegio de Profesores del Perú de fecha trece de febrero del 2010 y en consecuencia: ampliar las facultades de representación y dirección de la actual Junta Directiva Nacional legítimamente elegida presidida por el profesor Carlos Alfonso Gallardo Gómez, hasta el día de la proclamación de la nueva Junta Directiva, cuyo proceso electoral se encuentra en marcha, convalidando todos los actos y contratos que realice en nombre y representación del Colegio de Profesores del Perú.
9. Desagraviar públicamente al profesor Carlos Alfonso Gallardo Gómez, legal y legítimo Decano Nacional del Colegio de Profesores del Perú y a su Junta Directiva Nacional, quienes seguirán ejerciendo el cargo hasta que el Comité Electoral Nacional – CEN.CPPe. proclame a la Segunda Junta Directiva Nacional de nuestra Orden Profesional.
10. Dar un voto de confianza al Comité Electoral Nacional – CEN.CPPe. presidido por el profesor Uri Alberti Zevallos, por su actuación en el proceso electoral en marcha.
11. Publicar un extracto de los acuerdos tomados para conocimiento público.
Lima, 28 de diciembre del 2010.
CONSEJO NACIONAL DEL COLEGIO DE PROFESORES DEL PERÚ